En los últimos años se ha producido un gran incremento en el número de personas desempleadas que no se ha visto compensado con un aumento del personal, lo que ha llevado a un incremento exponencial de las cargas de trabajo (hay oficinas que se encuentran en una situación realmente crítica). Además, este déficit de personal es cada vez mayor debido a la falta de cobertura de vacantes por jubilaciones, IT, esta situación provoca que parte de trabajadores y trabajadoras de las oficinas solicite traslado mediante concurso de méritos y se queden vacantes las plazas en las oficinas.

A esto hay que sumar las medidas tomadas por la Administración, como cuando decidieron  que como se habían terminado las colas en las OOEE había que recuperarlas y se impuso un horario sui generis de atención al público para trámites rápidos. Gracias a ello las colas volvieron a aparecer y de 9:00 a 10:30 lo que hace que se colapsen totalmente las oficinas. Otra decisión que adoptaron fue que no se atendieran llamadas en ese horario, para lo cual, se bloquean de manera automática los teléfonos de las oficinas de empleo. Estos dos hechos generan situaciones que chocan frontalmente con la Seguridad y Salud en el Trabajo, pero también con la seguridad de los usuarios. La constante superación del aforo permitido es un problema que reconocen todas las evaluaciones de riesgos laborales realizadas y por ello recomiendan en sus informes que se amplíe el tiempo de atención al público para estos trámites. Otro trastorno es el aislamiento que provoca que no entren llamadas en ese horario por muy urgentes que puedan ser.

Esto también influye en el tiempo de atención por parte de los trabajadores y las trabajadoras, ya que se ve recortado debido a esas largas colas, con lo que el buen trato que se da en las oficinas de empleo queda difuminado por las largas esperas que hacen que la gente se soliviante y, en algunos casos, lleguen a agredir verbal o físicamente a la persona que le está atendiendo.

Otra orden dada por la Administración es que no se produzcan quejas por escrito. Por ello, nos encontramos con que a una persona se le deniega la realización de un trámite por no solicitarlo en el horario marcado y, posteriormente, se le realiza para que no ponga una reclamación. ¿En qué situación queda ante el usuario el trabajador que ha denegado la realización de un trámite para después recibir órdenes contrarias de sí realizarlo?  ¿Qué mensaje mandamos a los usuarios si se les atiende o no según se pongan más o menos agresivos?

Por otro lado, en las oficinas de empleo se deniegan sistemáticamente permisos que al resto del personal de la Comunidad de Madrid sí se le conceden. Da igual que sean situaciones críticas, el personal de las oficinas de empleo no tiene derecho, entre otros,  al permiso sin sueldo para cuidado de familiar.

Esto es sólo una muestra de lo que está ocurriendo en las oficinas de empleo y la sensación que produce es que desde la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura en lugar de querer prestar el mejor servicio posible a las personas demandantes de empleo, lo que se pretende es acabar con el servicio público de empleo.