El pasado 2 de octubre el Tribunal Constitucional hizo pública la Sentencia que resolvía el recurso de institucional interpuesto por el PSOE en relación al Real Decreto-ley 8/2014, 4 de julio, que entre otras medidas contenía la privatización del Registro Civil entregando su llevanza a los Registradores de la Propiedad.

Desde UGT  cuya oposición fue siempre rotunda a la salida del Registro Civil de la Administración de Justicia, vimos clarísimo y así lo denunciamos en numerosas ocasiones ante el Ministerio de Justicia, que la norma en la que se contenía esta privatización era ilegal. Ahora y gracias al recurso interpuesto por el PSOE ha quedado patente.

El Pleno del TC declara inconstitucional y nulas las disposiciones 20ª a 24ª relativas a la llevanza del Registro Civil, argumentado el citado Tribunal que no existe “justificación alguna respecto de la urgencia y necesidad de modificar parcialmente el contenidode una norma cuya entrada en vigor se ha pospuesto por un periodo de un año.

Mientras el Constitucional declara legal  la Disposición Adicional 19ª que es la que contiene la prórroga de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

UGT estuvo trabajando con el PSOE para que se interpusiera este recurso y ahora vemos que todos los esfuerzos han merecido la pena, considerándolo un gran logro obtenida de la lucha conjunta tanto de este sindicato como de los trabajadores.

Desde el Sindicato de Justícia de la UGT eguiremos exigiendo la derogación y retirada de la de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que actualmente está en “vacatio legis” de dos años.