En la Mesa Técnica del día 23 de junio el SESCAM presentó un nuevo borrador de plazas que resulta insuficiente, no se ofertan ni el 50% de las vacantes, a pesar de haber incrementado el número de plazas a ofertar. La convocatoria tienen intención de publicarla en el mes de septiembre de 2014. 

BAREMO

Continúa computándose a efectos de baremo los servicios prestados como personal fijo, ya que según el SESCAM no es posible ampliar a los periodos como interino tras las sentencias judiciales de los anteriores concursos. 

Se establece como mecanismo de desempate el tiempo en el último destino en propiedad, como segundo criterio,  el tiempo total y se elimina el criterio de la letra porque hay jurisprudencia que lo considera ilegal, optando por la fecha de nacimiento como tercer criterio.

REINGRESOS PROVISIONALES

UGT propone que quede más claro las plazas a las que podrán optar los concursantes que estando reingresados soliciten todas las plazas de su área y no obtengan destino, se comprometen a redactar de otra manera ese punto, ya que las plazas ofertadas para continuar en reingreso serán todas las vacantes disponibles, no solo las que se oferten al concurso.

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

En el borrador actual, los trabajadores del SESCAM tendrán que presentar la solicitud vía web para facilitar el proceso pero ante la demanda de las organizaciones sindicales posiblemente se permitirá la presentación en papel

Una vez baremado se enviaría por SMS la puntuación obtenida a los profesionales y si en un plazo de 5 días no se responde se dará por correcta, pero en cualquier caso en el periodo de reclamaciones, tras la publicación del listado provisional de adjudicación se podrá reclamar también la puntuación.

UGT solicita que aquellos que se encuentren en Excedencia, Reingreso, o situación distinta a la de activo, si esta situación es consecuencia de una resolución emitida por el SESCAM no sea necesario volver a presentarla, el SESCAM coincide y lo modificarán. 

CODIFICACIÓN DE LAS PLAZAS DE EQUIPOS DE ATENCIÓN PRIMARIA

Se solicita que las plazas de Equipo de Atención Primaria se identifiquen por CIAS, ya que este no solo define la Zona Básica de Salud (ZBS) sino que conlleva las cargas, el turno y el centro o centros dentro de la ZBS.

El Director de Recursos Humanos explica que las plazas no llevarán codificación de CIAS, dejando a criterio del Gerente de cada GAI o Gerencia de Atención Primaria y a los Coordinadores el reparto de cargas dentro de cada ZBS, de forma que no se concursaría por un puesto determinado en estos casos, sino por toda la ZBS.

Ante la negativa de todas las organizaciones sindicales a esta propuesta el Director pide que se plantee la posibilidad de separar ambos concursos y hacerlos en tiempos diferentes, uno para primaria y otro para especializada, regulando una Movilidad Interna en primaria previa al concurso de traslados dentro de cada ZBS y otra con la incorporación. 

Esta propuesta no limitaría la participación de los que hayan obtenido una plaza en Atención Especializada en el concurso que se haría antes. 

En este sentido UGT considera que no se deben hacer dos concursos diferenciados, hay que hacer un único concurso con las plazas de los Equipos de Atención Primaria codificadas por CIAS. No se puede no establecer un criterio y convertir la adjudicación de un centro y cargas de trabajo dentro de la ZBS en una decisión discrecional del Gerente. 

PLAZAS OFERTADAS

Dado el insignificante número de plazas ofertadas en relación con las vacantes disponibles, se pregunta por el criterio utilizado para determinar las plazas que se ofertan. El Director responde que en el caso de losFacultativos Especialistas de Área el criterio es el establecido por la norma es decir, ofertan 1/3 de las vacantes disponibles en el conjunto del SESCAM; con respecto al resto del personal la respuesta no es tan clara, han utilizado la Plantilla Horizonte (dato que no nos han facilitado y del que no se dispone) para determinar el número máximo de plazas que podrían sacar en cada gerencia, si sacan más fijos que los que establece este documento no podrían amortizar las plazas posteriormente,el otro criterio utilizado es el número de plazas que los gerentes han considerado oportunas. 

Sobre las plazas no ofertadas, el Director nos indicó que posiblemente se ofertarían a una OPE en el futuro, en este punto le solicitamos que no se oferten a una OPE plazas que previamente no se se hayan sacado a concurso de traslados, facilitando a los profesionales actuales la posibilidad de trasladarse previamente. 

A la petición de añadir resultas al proceso, nos responden queno existe esta posibilidad porque al ofertar todas las plazas en resultas pierden el control sobre el número de profesionales fijos que podrían entrar en el SESCAM, según nos indican. Sobre este punto se hace evidente que su intención es no sustituir la mayoría de plazas que queden vacantes como consecuencia de los movimientos de personal, eliminando posiblemente un elevado número de puestos de trabajo

 

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