El Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), las Patronales y las Organizaciones Sindicales del Sector de la Dependencia (Residencias de Mayores y Centros de Día, SAD y Teleasistencia), entre las que se encuentra la FeSP-UGT, llegaron el 27 de marzo a un acuerdo para que sean registradas y pasen a su publicación en el BOE las tablas salariales del VI convenio aludido para el año 2017, producto de la aplicación de la cláusula de revisión salarial contemplada en el mismo, toda vez que este se encuentra en periodo de ultraactividad, dado que las negociaciones del VII Convenio se encuentran bloqueadas desde hace varios meses.

En dicha reunión también fueron firmadas las tablas salariales correspondientes a los años 2015 y 2016, que no sufren ningún cambio respecto a las tablas del año 2014, pues en los años 2014 y 2015 el IPC estuvo en deflación o no hubo incremento alguno en el mismo.

Dado que el Indice de Precios al Consumo (IPC) del año 2016 fue del 1,6%, este es el incremento que corresponde aplicar en las tablas salariales para el año 2017, y así se ha llevado a cabo no sin dificultades para ello, motivo por el que nos hemos visto abocados a resolver en la sede del SIMA. Decir, también, que dicho incremento las empresas deberán aplicarlo con carácter retroactivo al 1 de enero de 2017.

Recalcar que, como viene siendo habitual en este sector, las iniciativas de la Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de UGT (FeSP-UGT) han sido claves en la resolución de lo que empezaba a convertirse en un conflicto, con el consiguiente perjuicio para las trabajadoras y trabajadores del sector de la Dependencia.