De un tiempo a esta parte venimos detectando que el INAP tiene una problemática de gestión que va desde retrasar convocatorias a límites más allá de lo establecido legalmente (los exámenes de la OEP 2015) a convocar a toda prisa, y en fecha electorales, las de 2016 y al mismo tiempo obviar sus obligaciones como centro formador impidiendo la realización de cursos de habilitación para la presentación a algún proceso.

Desde UGT hemos remitido un escrito al Director General de Función Pública para poner en su conocimiento dichas circunstancias y otras consultas para que nos de contestación, en el siguiente orden:

·        Convocatoria de Curso establecido en la Disposición Adicional 22 de la Ley 30/84para que el personal del subgrupo C2 pueda presentarse a la promoción interna al C1 (cuyo escrito remitimos a la DGFP en abril de 2016 y que fue remitido por la Subdirección General de Planificación de Recursos Humanos el 14 de abril al INAP como organismo competente). La respuesta a nuestra consulta no ha llegado. Puestos en contacto con el organismo indican que “tienen intención en los próximos días  de contestar de la siguiente manera: Dadas las fecha no se contempla para este año la celebración del curso por no resultar viable habida cuenta las fechas de las convocatorias y la presentación del plazo de instancia”.

Dado que el curso no se convoca desde 2013 y ha habido tres OEP mas desde entonces solo nos cabe preguntar a la DGFP ¿Cuándo pretende este organismo, en cumplimiento de sus obligaciones para con los Empleados Públicos, CONTEMPLAR la celebración de ese curso (ya para futuras convocatorias) en su planificación?

·        Publicación de listados de aprobados de la fase de oposición de la OEP de 2015y estando en tiempo de presentación de meritos para el concurso, coincidiendo con las convocatorias de la OEP 2016 lo que entra en colisión con el derecho que los opositores de la OEP 2015 puedan ejercer sobre la conservación de nota o no en función de si van a resultar aprobados o no, lo cual obliga a presentar instancias con el correspondiente pago de tasas, generando trabajo administrativo innecesario en la gestión.

·        Oferta de Empleo Público 2016 – Materias contenidas en los Programas. La Comisión Permanente de Selección a consulta realizada sobre normativa que entra en el examen, si la vigente a la fecha de la convocatoria, o la que entra en vigor a partir del mes de octubre (leyes 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común y 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público.) nos ha contestado lo siguiente:

«En relación con las cuestiones relativas a la normativa aplicable en la realización de los exámenes, se aplicará la norma vigente en el momento de realización del ejercicio de que se trate, debiendo estar, en cuanto a las normas a las que usted hace referencia, a lo dispuesto sobre su régimen de entrada en vigor.»

La contestación nos parece una falta de respeto a los Empleados Públicos y una irresponsabilidad como gestión de la carrera profesional y las esperanzas de mejora de estos.Teniendo en cuenta que la materia relativa a la nueva normativa es extensa, y que dependiendo de cuando se realice el ejercicio de que se trate (dentro de los cuatro meses de plazo a los que hace referencia la convocatoria) hay que estudiar normativa ahora vigente o normativa pendiente de entrar en vigor, el conocimiento de esta fecha lo antes posible ayudaría a los opositores, en gran medida, a preparar este examen.

Además no entendemos porque la Comisión Permanente de Selección contesta continuamente con evasivas e imprecisiones obligando a los opositores a estudiar doble materia sin ningún propósito cierto.

Es por todo ello que solicitamos de esa DGFP nos responda a todas estas cuestiones y en especial a la del contenido del programa a estudiar para las pruebas de la OEP 2016, siendo interesante que la Comisión Permanente de Selección publique una explicación pertinente, concreta, que incluya a ser posible su previsión de fechas de los primeros ejercicios y no esperar a la publicación en su día de los listados provisionales de admitidos.