UGT ha presentado a Rafael Catalá, ministro de Justicia, una propuesta escrita para modificar las actuales leyes que obligan a los empleados públicos a pagar las costas procesales y las tasas cuando reclamen por la vía contencioso- administrativa sus derechos laborales. El sindicato ya adelantó esta petición en la entrevista que mantuvieron los responsables de UGT con el titular de justicia, el pasado 23 de octubre.

 En su escrito, el sindicato argumenta que la Ley 37/2011 de Medidas de agilización procesal y la Ley 10/2012, por el que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, modificaron la Ley 29/ 1998 reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, lo que ha dificultado enormemente el acceso a la justicia de los funcionarios en defensa de sus derechos y condiciones laborales y salariales.

 En referencia  a las costas procesales, la ley 37/2011 ha supuesto un cambio en las reglas del juego procesal, al adoptarse en materia de costas el criterio del vencimiento en primera o única instancia, de forma tal que, con algunas excepciones, «el que pierde paga», cuando en la anterior ley sólo se estaba obligado a pagar las coas si además de rechazar las pretensiones del demandante se acreditaba que actuaba de mala fe. Esta modificación ha supuesto un impedimento a los funcionarios de este país para realizar las reclamaciones oportunas, cuando la vía administrativa no reconoce sus derechos.

 UGT manifiesta, además que se está produciendo una situación de grave discriminación puesto que los trabajadores que tienen que acudir al orden social no se encuentran en la misma situación, pues están exentos de esta condena en costas.

 Por tanto, UGT señala que ahora es el momento idóneo para revertir esta situación,  cuando el nuevo Ministro de Justicia va a realizar una modificación de la Ley de Tasas Judiciales.

 El sindicato también pide la exención total de tasas en los recursos de suplicación y casación de los empleados públicos. UGT considera que, aunque tras la modificación experimentada por el Real Decreto Ley 3/2013 la exención alcanza el 60% de la cuantía correspondiente, aún continúa siendo muy elevada, lo que retrae al funcionario a la hora de acudir a la vía judicial en defensa de sus derechos.