​Los servicios jurídicos de FeSP-UGT-Guadalajara han obtenido nuevamente una Sentencia favorable en este caso del Juzgado de lo Social de Guadalajara, declarando como Accidente de Trabajo la lesión sufrida por una Auxiliar de Enfermería del SESCAM en Guadalajara, dentro su centro y horario de trabajo.

Dicha trabajadora refería dolor en un hombro, que se agravó al levantar a un día a un paciente dentro su centro de trabajo, siendo derivada a la mutua, que lo relacionó con un proceso degenerativo de la paciente. No considerando por tanto la lesión como contingencia profesional, y derivándolo a su médico de cabecera por su consideración de Enfermedad Común.

La trabajadora, considerando en todo momento que su lesión debía ser tratada como accidente de trabajo, hizo un recurso al INSS al considerar que debería haberse aceptado como contingencia profesional, recurso que también fue desestimado.

Es ahora la Justicia la que da nuevamente da la razón a otra trabajadora, en base a la Jurisprudencia que establece que el accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute, estableciendo que su lesión debe ser considerada como accidente de trabajo y, por tanto, percibir durante la baja el 100% de sus retribuciones, no aplicando por tanto los descuentos salariales en caso de la consideración de Enfermedad Común.

Fallo que textualmente dice que: «Estimo la demanda interpuesta por la trabajadora frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA SOLIMAT y la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, sobre DETERMINACION DE CONTINGENCIA debo declarar y declaro que el proceso de incapacidad temporal iniciado por la demandante deriva de accidente de trabajo»

Desde FeSP-UGT valoramos satisfactoriamente el pronunciamiento de la Sentencia, dando la razón a la trabajadora, en contra de lo que pretendía el INSS, la TGSS, la Mutua SOLIMAT y la JCCM.

FeSP-UGT solicita una vez más que todas las bajas de los Empleados Públicos de La Junta de Castilla la Mancha y el SESCAM, ya sean las derivadas de contingencia común, como las derivadas por contingencia profesional o accidente de trabajo, sean gestionadas por medios propios: Médicos de Cabecera, Médicos Especialistas,…..y se elimine, por tanto, a la mutua, que tantos problemas nos está trayendo.

FeSP-UGT pide que se eliminen los descuentos salariales del 50% en los tres primeros días de baja y del 25% en los días cuarto al vigésimo, en los procesos comunes. «Los profesionales no se dan de baja por gusto» y no puede castigarse con pérdida económica en estas bajas».

E insta a las distintas Administraciones Públicas de nuestro ámbito a una adecuada evaluación de riesgos laborales: cargas físicas, psíquicas,…..que garanticen que el número de trabajadores esta en directa relación con los trabajos que se deben realizar, nunca por debajo.