CON LA EXCUSA DE LA REFORMA LABORAL, ROMPIENDO LA FILOSOFÍA

DE ESTA (CALIDAD DE EMPLEO) Y AL DICTADO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE DESGUACE

CORREOS IMPONE SU NUEVO MODELO DE
EMPLEO Y CONTRATACIÓN

(AVALADO POR CSIF, SL Y CIG)

  • QUE FOMENTA MILES DE JORNADAS A TIEMPO PARCIAL
  • QUE CONLLEVARÁ MILES DE CONTRATOS DE 2-3 DÍAS Y DE FIN DE SEMANA
  • QUE IMPEDIRÁ LA ROTACIÓN EN BOLSAS DE MILES DE EVENTUALES

Y QUE POBLARÁ DE PUESTOS DE TRABAJO “BASURA”

EL CONCURSO DE TRASLADOS Y LA CONSOLIDACIÓN

El 22 de abril, la empresa reunió, por segunda vez en este asunto, a la Comisión de Empleo Central para continuar hablando sobre cómo va a implantar los cambios en la contratación ligados a la entrada en vigor del RD-Ley 32/2021 sobre la Reforma Laboral. Esta reunión, daba continuidad a la celebrada el 31 de marzo pasado. La empresa, que no ha hecho ni un solo gesto para poner en la mesa el mapa de empleo sobre el que discutir la calidad del mismo que inspira la reforma laboral, se ha limitado a explicar la denominación de los nuevos contratos, para, acto seguido, pedir a los sindicatos que le diéramos un cheque en blanco a lo que realmente quieren hacer: llenar Correos de contratos basura (tiempos parciales, dos días a la semana, solo fines de semana, que, a duras penas, superarán los 500-600 euros de sueldo al mes.

¿QUÉ MÁS DA ENTONCES CÓMO SE DENOMINE EL CONTRATO SI LO QUE SE OFERTA ES UN CONTRATO BASURA? CCOO y UGT no hemos avalado este modelo de empleo (ni avalaríamos cualquier otro similar), ni tampoco hemos participado en cerrar su sistema de llamamiento, porque detrás de esta pantomima se esconde la aplicación de su Plan Estratégico de desguace: entre 15 y 20 mil puestos a tiempo parcial, tanto para los eventuales como para los fijos que los ocupen; “encapsulamiento” de las personas que quieran participar en el concurso de traslados, porque la mayor parte de los puestos serán a tiempo parcial; y condena de miles de eventuales en la consolidación a elegir entre “susto” (trabajar precariamente en un tiempo parcial) o “muerte” (renunciar a trabajar). Serrano se ha convertido en el “gran timonel” de la precariedad laboral y CSIF, SL y CIG –que han avalado la propuesta-, en sus cómplices necesarios.

NUEVAS MODALIDADES DE CONTRATOS TRAS LA REFORMA LABORAL

CONTRATOS POR SUSTITUCIÓN

  • Para la cobertura temporal de un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción hasta su cobertura definitiva
    • En el caso de Correos los procesos de selección son los regulados en el Convenio Colectivo y Acuerdo General: Reajuste, Concurso permanente de traslados y procesos de ingreso (la consolidación).
    • Este tipo de contratos debe formalizarse en todas las vacantes estructurales que haya en la empresa, incluidos los contratos de tarde, las jornadas parciales y los fines de semana
    • Todas las vacantes que no se hayan cubierto por reajuste o concurso de traslados obligatoriamente deberán convocarse en el proceso de consolidación
  • Para sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo
    • Este tipo   de   contrato   se   formalizará   en   comisiones   de   servicio,   licencias, excedencias con reserva de puesto, situaciones de IT, etc…
    • Finalizan con la incorporación del titular o extinción de la causa que dio lugar a la reserva.

 CONTRATO POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN (ART. 15.1 y 15.2 ET)

  • Oscilaciones en la actividad
    • Estos contratos se formalizarán cuando la empresa tenga un desajuste temporal de Vacaciones, licencias y permisos e Incremento de actividad objetivo.
    • Su duración no podrá ser superior a 6 meses.
  • Situaciones ocasionales y previsibles, deben estar acotadas las razones y la duración.
    • En Correos en esta modalidad de contratos estarán incluidas las campañas de navidad, elecciones, black friday, etc…
    • La duración máxima de estos contratos será de 90 días en el año natural, no continuados.

SISTEMA DE LLAMAMIENTO ¿CÓMO OFERTARÁ LA EMPRESA LOS CONTRATOS?

  • En primer lugar, se ofertarán los contratos por sustitución de vacantes a las personas que, con independencia de las rotaciones que tengan, estén en activo en la bolsa, dentro de su ámbito, del puesto y tipo de jornada ofertados y se hará conforme al orden que tengan en la Caso de estar trabajando, podrán renunciar al contrato que estén desempeñando para pasar a formalizar el contrato de sustitución por vacante.
  • A continuación, lanzará el resto de contratos, utilizando el sistema automático con el criterio de rotación establecido, siguiendo este orden:
    • Contratos de sustitución de personas con reserva de puesto
    • Contratos por oscilaciones de la actividad de Correos: Vacaciones, licencias y permisos, Incrementos de actividad
    • Situaciones ocasionales, previsibles y de duración limitada:  Campaña  de navidad, Campaña electoral.

CCOO y UGT exigen que se hable de EMPLEO CON MAYÚSCULAS mientras la empresa se niega y quiere taparlo con una charla sobre mecanismos de contrataciónSr Serrano, esto no tiene que ver con la reforma laboral, ni con la calidad de empleo que la inspira, ni tampoco con el servicio público a prestar. Solo tiene que ver con el Plan Estratégico de desguace que usted puso en marcha hace dos años y que, algunas OOSS están avalando incomprensiblemente. Tiene que ver con una armonización del empleo inaceptable para UGT y CCOO.

EL 1, 2 Y 3 DE JUNIO TODOS y TODAS A LA HUELGA GENERAL
EL 1 DE JUNIO TODOS/AS A MADRID AL PARLAMENTO

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