La Unión General de Trabajadores considera que la propuesta de Acuerdo presentada por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a las Comunidades Autónomas en materia de asistencia sanitaria a inmigrantes es insuficiente y vergonzosa porque solo permitirá acceder a una asistencia sanitaria muy limitada –la cartera básica de servicios- sólo a una parte de la población excluida. 

El sindicato exige la reposición del derecho a la asistencia sanitaria universal y el acceso a las prestaciones sanitarias en condiciones de equidad, como derechos fundamentales e insiste en que debe derogarse cuanto antes el Real Decreto-ley 16/2012 que ha quebrado la universalidad y ha extendido el copago. 
 
La propuesta del Ejecutivo resulta indigna y parcial porque solo permitirá acceder a una asistencia sanitaria muy limitada a una parte de la población excluida y señala que retornar a la situación anterior, a la extensión y garantía de la asistencia sanitaria al conjunto de la población, solo puede hacerse mediante una Ley, pero el Gobierno elude su responsabilidad y muestra en esta materia, la misma ausencia de solidaridad, ética y respeto a derechos fundamentales, que está mostrando a nivel europeo con la catástrofe humanitaria que estamos viviendo.
 
Respecto a los requisitos, UGT pone de manifiesto que permitir el acceso únicamente a personas que no tengan ingresos superiores a 532 euros, (cantidad establecida para el IPREM), dejará fuera a parte de la población. 
 
Pero además, y tal como señala el comunicado de prensa del Ministerio, el acceso es únicamente a la cartera básica de servicios, mientras que el tratamiento farmacológico, solo se cubrirá cuando se trate de personas hospitalizadas. Esto quiere decir que, tanto la prestación farmacéutica mediante recetas como la prestación ortoprotésica y el transporte sanitario no urgente, no estarán cubiertos y deberán ser abonados por personas y familias con ingresos inferiores a 532 euros al mes. 
 
El sindicato quiere resaltar la comparación entre el concepto de carencia de recursos de esta propuesta,  532 euros al mes, con el del Real Decreto Ley 16/2012, en el que se establecía en personas con ingresos no superiores a 100.000 euros al años.
 
Por otra parte, se sigue excluyendo a los ciudadanos europeos y a los de aquellos países con los que hay convenio bilateral, con el argumento de que vamos a atender gratuitamente a personas que tienen cubierta la asistencia sanitaria por su país de origen y que debería ser pagada por este. 
 
Pero esta es una interpretación incorrecta e interesada de la normativa internacional, que excluye de la cobertura sanitaria a las personas que no están aseguradas, ni en su país de origen, ni en España.
 
UGT considera esta propuesta insuficiente, electoralista y una nueva muestra, tanto de la falta de asunción de responsabilidades del Gobierno español, que sabe que solo mediante Ley se podría solucionar la situación que él mismo creó, como de su concepción ideológica de la inmigración. 
 
Las medidas necesarias para que la sanidad vuelva a ser un derecho fundamental para todos son: 
 
  • La derogación del Real Decreto-ley 16/2012, que ha quebrado la universalidad y la equidad en el acceso a las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud y ha extendido el copago.
     
  • Establecer, mediante una nueva Ley la reposición del derecho a la asistencia sanitaria universal y el acceso a las prestaciones sanitarias en condiciones de equidad, como derechos de las personas; lo que incluye reponer este derecho en la normativa de extranjería y asegurarlo para los nacionales de la Unión Europea que no estén inscritos en el registro de extranjeros, modificando el Real Decreto 240/2007.
     
  • Extender el derecho a todas las personas empadronadas, sin exigir tiempo de empadronamiento previo, y garantizar igualmente una asistencia normalizada a aquellas personas que no pueden empadronarse por carecer de documentación acreditativa de su identidad.
     
  • Expedir tarjeta sanitaria normalizada y garantizar la portabilidad del derecho a la asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, de tal modo que puedan ser atendidos en cualquier Comunidad Autónoma, señalando en su caso, en la tarjeta, si esta puede o no dar derecho al acceso a la tarjeta sanitaria europea.
     
  • Incluir a los ciudadanos de la Unión Europea y a los de países con los que existe convenio bilateral. No hay que confundir la asistencia sanitaria a las personas, con los procedimientos administrativos por el que las Administraciones de los países facturan y cobran por la atención a sus respectivos nacionales. Si un país con el que tengamos convenio, no paga, o no podemos facturar porque no están asegurados en el país de origen, no pueden ser las personas las que sufran las consecuencias, denegándoles el acceso a la asistencia sanitaria.
     
  • Desechar el criterio de renta para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria por ser excluyente y discriminatorio. Si para el Real Decreto Ley 16/2012, el límite de carencia de recursos es de 100.000 euros, ¿Por qué en este caso es de 532 euros al mes? 
     
  • Acceso, en las mismas condiciones que los asegurados y sus beneficiarios, a la totalidad de la cartera de servicios sanitarios, sin exclusiones.