El valor de la actividad de cuidar y la prescripción enfermera
Para la Secretaria de Sanidad del sindicato UGT, el acuerdo sobre prescripción enfermera va a suponer una modificación en las condiciones de trabajo de los profesionales de Enfermería sin que, como pone de manifiesto, los negociadores lo hayan tenido en cuenta e, incluso, se haya llevado a cabo fuera del ámbito en que debería haberse hecho.
El valor de la actividad de cuidar ha sido relegado en el acuerdo para el desarrollo de la prescripción enfermera, porque sitúa a los profesionales de enfermería en un lugar donde su actividad se centrará no en ejercer el cuidado, sino en la aplicación de protocolos relacionados con patologías, eso sí, consensuados con los médicos. Por tanto, el centro de la actividad de los profesionales de la enfermería será la enfermedad y no la persona. Estos profesionales deben dedicar su tiempo a aplicar los conocimientos relacionados con el cuidado enfermero, que es el ámbito de su competencia.
Y aquí está la cuestión ¿cuál es el ámbito de sus competencias? Las competencias de los profesionales de enfermería son la aplicación de las distintas fases del proceso de Atención de Enfermería, a saber: la valoración, la detección de los diagnósticos enfermeros, su priorización, los objetivos a conseguir y el plan de cuidados con las intervenciones adecuadas para lograrlos.
La actividad de cuidar
Hubiera bastado con que artículo 79 de la Ley del Medicamento incluyera a los profesionales de la enfermería, al igual que incluye a los podólogos, en el ámbito de sus competencias, es decir en el ámbito de dar respuesta a los diagnósticos enfermeros
La actividad de cuidar va encaminada a que las personas se enfrenten lo mejor posible, desde sus capacidades y desde su entorno, a una situación en el proceso dinámico salud-enfermedad. El área de conocimiento de la enfermería ha desarrollado un lenguaje que le permite nombrar los problemas sobre los que actúa, los resultados que se propone obtener y las intervenciones necesarias para lograrlos. Entre estas intervenciones, en ocasiones, es preciso acudir a la farmacología, asignatura que está en los estudios de enfermería con los mismos créditos que en podología, siendo lógico por otra parte ya que los profesionales de enfermería administran medicación y es preciso que tengan conocimientos acerca de la misma.
Los profesionales de enfermería, desde el ámbito de sus competencias, potencian que las personas sean lo más autónomas posibles en la gestión del proceso dinámico salud-enfermedad a lo largo de la vida. Dejar de lado la actividad de cuidar significa privar a las personas de los beneficios que esta área de conocimiento les proporciona, ayudándolos a enfrentarse a los cambios que se producen a lo largo de la vida en relación con la salud y la enfermedad.
Áreas de conocimiento
Los profesionales de la medicina y de la enfermería buscan el beneficio de las personas en relación a la salud y a la enfermedad, cada uno desde un área de conocimiento. Para ilustrar esta afirmación basta recordar en el libro I de los Aforismos Hipocráticos estas palabras:
“La vida es breve; el arte extenso; la ocasión fugaz; la experiencia insegura; y el juicio difícil. Es preciso no solo disponerse a hacer lo debido uno mismo, sino además que colaboren el enfermo, los que le asisten y las circunstancias externas”.
Así pues, para lograr el éxito de la empresa, el beneficio de las personas en relación a la salud y a la enfermedad, hace falta además de diagnosticar las enfermedades y prescribir el tratamiento adecuado, que el enfermo colabore, que colaboren los que le asisten, que bien podríamos cambiar asistir por prestar cuidados, y las circunstancias externas. Pues bien, aquellos que prestan cuidados (los profesionales de la enfermería), esos cuidados que el enfermo no podría realizar por sí mismo, en el curso del tiempo han sido conscientes de la importancia de la colaboración del enfermo y de la importancia que tiene que desde sí mismo, con sus capacidades responda lo mejor posible a esos cambios de los que hablamos en el proceso dinámico salud-enfermedad a lo largo de la vida.
Por todo esto es tan importante que los profesionales de enfermería dediquen su tiempo a prestar cuidados cuando el enfermo no lo pueda hacer y a trabajar con el propio enfermo para que afronte la situación lo mejor posible desde su individualidad.
Ámbitos de competencias
Este acuerdo se ha realizado fuera de lo que sería el marco adecuado, el Ámbito de Negociación, espacio en el que deben participar los representantes legítimos de los trabajadores, los sindicatos, puesto que la modificación legislativa afecta a las condiciones de trabajo de los profesionales
Hubiera bastado con que artículo 79 de la Ley del Medicamento incluyera a los profesionales de la enfermería, al igual que incluye a los podólogos, en el ámbito de sus competencias, es decir en el ámbito de dar respuesta a los diagnósticos enfermeros. Así, para diagnósticos como Deterioro de la Integridad Cutánea, las enfermeras podrían prescribir dentro del plan de cuidados el apósito adecuado. Por cierto, algo que vienen haciendo de forma habitual desde hace bastante tiempo sin que se ocasionen conflictos; simplemente hubiera facilitado el trabajo diario que estos profesionales no tuvieran que recurrir a sus compañeros médicos para que facilitaran la receta al paciente.
Tampoco sería necesario que los profesionales de enfermería solicitasen al ministerio la acreditación para una prescripción colaborativa, que precisará la presentación ante el ministerio del título y la referencia al Real Decreto cuando se publique.
Los profesionales de enfermería se limitarían a prescribir aquello que estuviera en el ámbito de sus competencias, igual que los diferentes profesionales de la medicina prescriben lo relacionado con su especialidad que es lo que manejan de modo habitual. Un traumatólogo no prescribe una Digoxina, aunque tenga la facultad de hacerlo.