El INAP organiza actividades formativas on line en materia de ofimática, con las que se pretenden cubrir las necesidades en esta materia en el ámbito de la Administración General del Estado y evitar la duplicidad que supone que desde departamentos y organismos se estén invirtiendo esfuerzos con un mismo objetivo.

Se convocan actividades formativas on line en ofimática, con tutorías y derecho a certificación, en las herramientas del paquete MS Office, versión 2007 y 2010 (Word, Excel, Access, Power Point y Outlook), y LibreOffice / OpenOffice, versión estable.

Destinatarios y licencias.
Sólo podrán participar en estas actividades los empleados públicos de la Administración General del Estado. Los empleados públicos que se encuentren con permiso por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 de La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, podrán participar en cursos de formación.
El número total mínimo de licencias es de 12.000, que podrá ser ampliado por la empresa que resulte adjudicataria del servicio, al ser éste uno de los criterios de adjudicación.

 Presentación de solicitudes.
1. Quien desee participar en las actividades formativas convocadas, deberá presentar la correspondiente solicitud, que será accesible, tras la selección del curso al que se desea asistir, en las siguientes direcciones: http://buscadorcursos.inap.es/formacion-tic y http://www.inap.es/formacion-en-tic, bajo la opción de inscripción electrónica.
Los interesados podrán solicitar como máximo la participación en cuatro herramientas ofimáticas en la versión que consideren oportuna.Para realizar la inscripción será preciso contar con la autorización previa del superior jerárquico. A efectos de formalizar dicha autorización, el sistema de inscripción le permitirá imprimir la solicitud que, una vez firmada, deberá conservar en soporte papel y que podrá ser requerida por el INAP en cualquier momento.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Más información en:

http://boe.es/boe/dias/2015/01/23/pdfs/BOE-A-2015-580.pdf