COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VIII CONVENIO DE PERSONAL LABORAL 7 de Abril de 2016.
UGT iNFORMA
COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VIII CONVENIO COLECTIVO DEL PEROSNAL LABORAL AL SERVICIO DE LA JCCM.
07 – 04- 2016
Antes de comenzar con el título previsto, se aprueba el acta de la reunión anterior y se revisan unos mínimos aspectos pendientes de títulos anteriores.
Comenzamos así, de lleno con la negociación del título V, cuyo contenido principal es el concurso de traslados.
De manera inaudita, un tema que no debería ser especialmente controvertido excepto en los aspectos técnicos derivados de ajustar los plazos, o del funcionamiento del programa informático, da lugar a una mañana de lo menos productiva. Con una administración absolutamente hostil y cerrada en banda con términos conceptuales y teóricos propios del personal funcionario, y con cierta parte de la representación de los trabajadores falta de ideas e incapaz de asumir la necesidad de determinadas modificaciones, pasamos la mañana del viernes. Quizás es que era viernes.
En primer lugar y enlazando con el final de la última reunión celebrada, se trata el tema de las permutas. El tipo de concurso actual con resultas, genera intercambios de puestos entre dos trabajadores, que desde UGT entendemos que no se deben confundir con una permuta, ya que son iniciados a través de la solicitud de concurso entre dos personas que no han pactado este intercambio. Distinto es que dos trabajadores, por acuerdo entre ambos decidan permutar sus puestos e inicien el proceso a través de una petición de permuta. Es decir, en el primer caso te lo encuentras y en el segundo lo provocas.
Desde UGT entendemos que ambas cosas son posibles y compatibles. Que el propio programa informático genere intercambios de puestos, no es óbice para que desaparezcan las permutas del convenio. Pues esa es la propuesta de la Administración basándose en que se trata de un concepto obsoleto, que ya no se usa y que perjudica el normal funcionamiento de la provisión de plazas, se las quieren cargar.
Ante la negativa de la parte social a eliminar las permutas se inicia la negociación del artículo referente a ellas, apostando en su totalidad por volver a la redacción del VI Convenio pero con excepciones.UGT solicita que se retire la necesidad de que las permutas directas, pactadas entre dos trabajadores sólo sean posibles entre familiares, ya que para el resto se atenderá a los criterios de adjudicación del concurso. La esencia de la permuta, es precisamente la posibilidad de intercambiar puestos de trabajo de las mismas condiciones entre dos empleados por acuerdo propio, sin tener que dar ninguna explicación y por voluntad entre ambos.
Pues, a pesar de ser algo obvio, hay quien todavía lo niega, y ese alguien no es precisamente la Administración. Pero además de negarlo, pretenden que se retiren los intercambios derivados del concurso. Es decir, las permutas capadas y los intercambios desaparecen. Suponemos que es porque los viernes las cabezas no acaban de regir, porque vaya forma más extraña de facilitar la movilidad de los trabajadores. Cada uno que asuma sus palabras.
En otro orden de cosas y a iniciativa de UGT a lo que los demás se adhieren, se solicita que coincidan las fechas de carga de vacantes con la de los bloqueos y que se lleven al día 15 del mes correspondiente en cada concurso.
Otro tema que vuelve a causar gran controversia es la propuesta de UGT de poder acceder a través del segundo turno a otra categoría profesional a partir de una excedencia. En la actualidad hay muchísimos trabajadores que, tras haber aprobado una oposición por promoción interna a un grupo superior al suyo, no toman posesión de la plaza debido a que las plazas que se ofertan tienen condiciones laborales muy precarias. Recordamos que estos trabajadores han aprobado una oposición, tienen una plaza en propiedad y además deben cumplir los requisitos que se soliciten para la categoría a la que se quiera acceder a través del segundo turno del concurso. Es decir, no es ningún regalo. Es simplemente una posibilidad más que ofrece el concurso y que no menoscaba los derechos de nadie, ya que los excedentes llegarían sin ningún tipo de antigüedad.
Por otro lado, y también a propuesta de UGT se abre un debate sobre la continuidad de los cursos de habilitación. Después de unos cuantos años convocándose, dejó de hacerse , lo que supone que actualmente haya trabajadores que para acceder a otra categoría tuvieron que hacer el cursito y otros que no. Situación desigual, por tanto.
Después de que la Administración confirme la continuidad de estos cursos, hay que determinar para que categorías se deben realizar. Aquí la postura de UGT es clara. Se debe habilitar a los trabajadores que quieran acceder a las categorías para las que no se requiere titulación específica, ya que es necesario formarse antes de realizar un trabajo. Para las categorías donde se solicita formación específica, como ya están formados, debe ser ésta la que permita acceder al traslado.
Y la explicación es fácil. El personal laboral es tan profesional como el resto, está tan formado como el resto y accede a las plazas a través de unos requisitos de titulación. Y esto debe seguir siendo así, porque de lo contrario, llegamos a las situaciones extremas a las que nos quiso llevar el gobierno anterior a través de sus planificaciones, suponiendo que todos valemos para todos, que somos personal sin cualificar, que se puede poner y quitar cuando quieras y donde quieras.
Por lo tanto, si existe una titulación específica para una categoría se debe estar en posesión de ella y si no, haremos el curso de habilitación para poder aprender y acceder.
A pesar de la mala mañana que llevamos, llegó la Consejería de Educación a poner la guinda, solicitando que se restrinjan los concursos para categorías como TEJI o ATE, basado en la inconveniencia de los cambios para ciertos alumnos. Como agentes sociales estamos absolutamente de acuerdo en velar por los derechos de los menores, pero como representantes de los trabajadores no vamos a permitir que esto sea a través de menoscabar derechos laborales de nadie. De todas formas, no es el primer convenio en el que la Administración tiene esta pretensión.
Como punto final el DGFP nos informó acerca de la reunión de la Comisión Bilateral mantenida con el Gobierno Central el pasado 6 de Abril de 2016; en esta reunión de tan solo 20 minutos el Gobierno Central planteó a la JCCM llegar a un acuerdo, retirando esta la medida que permite a las empleadas y empleados públicos tener una jornada de 35 horas semanales; la Administración se mantuvo rígida y dio por finalizada la reunión de la citada Comisión Bilateral ante la falta de negociación y vista la imposición del Gobierno Central. Actualmente nos encontramos con que el Gobierno Central puede recurrir la medida a la JCCM, pero al iniciar la negociación en esta Comisión Bilateral, el plazo para interponer el recurso se extiende hasta Septiembre de 2016.
Así termina la reunión, prácticamente sin acuerdos, dejando todo para futuras revisiones y con posturas poco conciliadoras, cabezas en franca cerrazón, chip de funcionario instalado en ciertos cerebros y otros con el cerebro a bajo rendimiento.
La próxima reunión se celebrará el 20 de abril. Esperemos que lo del pasado viernes haya sido la anécdota de viernes, que recapacitemos, que determinadas posturas se puedan mover y que lleguemos a reuniones fructíferas para un convenio mejorado y actualizado.
…seguiremos informando.