UGT demanda mayores controles para que las recaídas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales no se tramiten como enfermedad común.
Ayer, 1 de diciembre, entro en vigor la Orden que desarrolla el RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, y en la que se aprueban los nuevos partes médicos de baja/alta y de confirmación.
Con este motivo, la Unión General de Trabajadores demanda a los facultativos de atención primaria una especial atención en detectar y registrar en los mismos aquellos procesos que supongan recaídas de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.
De esta manera, se contribuirá a disminuir la presión asistencial y listas de espera en la sanidad pública y a mejorar tanto la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, como las prestaciones que reciben los trabajadores.
El sindicato recuerda que el Real Decreto que desarrolla esta Orden incluía un nuevo procedimiento de determinación de contingencias que permite que los Servicios Públicos de Salud puedan iniciarlo de oficio o a instancia de los trabajadores.
Además, UGT exige a los partidos políticos que recojan en sus programas electorales propuestas para incrementar el control sobre la gestión de la incapacidad temporal que realizan las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y las empresas, cuya necesidad ya puso de manifiesto el Tribunal de Cuentas en el “Informe de fiscalización sobre la gestión y control de la incapacidad temporal por las entidades del sistema de la Seguridad Social”, que señaló expresamente la falta de control sobre el pago delegado que realizan las empresas y el impacto económico del mismo.