El 27 de noviembre estábamos convocados para abordar los puntos que detallamos a continuación.

Punto 1º. Propuesta de Oferta de Empleo Público de 2017: personal laboral.

Estos son los puestos que propone la Administración como oferta de empleo correspondiente al año 2017. Cabe decir que en la próxima convocatoria de procesos selectivos habrá que añadir a esta cantidad, los puestos que surjan de la tasa de reposición de 2018 más la tasa de estabilización de 2018, pues esta próxima convocatoria, con pruebas selectivas que se celebrarán previsiblemente en 2019, estará compuesta por las ofertas de empleo de los años 2017 y 2018, más las tasas de estabilización de empleo.

Antes de empezar el análisis admitimos que el hecho de que haya una buena oferta para el grupo V nos satisface, pues si bien el problema que tiene el grupo V del personal laboral, es decir, ordenanzas, personal de limpieza y peones de mantenimiento, es que no se crean puestos de trabajo sino que la cantidad neta de estos disminuye año tras año, el hecho de que se convoque oferta de empleo para sus categorías es bueno.

Hay que advertir que el elevado número de puestos que se piensa ofertar para el personal de limpieza no se debe a que se estén creando puestos, sino a que a través del turno segundo del concurso de traslados los trabajadores de esta categoría están dejando sus puestos vacantes para pasar a la categoría de ordenanza, de hecho, esta categoría apenas tiene puestos vacantes, ni los tendrá con el actual sistema de concurso, por lo que es importante que los trabajadores y aquellos que quieren llegar a serlo, que ya no es posible acceder directamente a un puesto de ordenanza en la JCCM, sino que para hacerlo hay que conseguir un puesto de limpieza y luego concursar a ordenanza. Dicho de otra manera, si nada cambia, nunca habrá oposiciones de ordenanza.

Llegados a este punto son tres los debates que se plantean, por un lado el de los números totales, por otro, el del reparto de puestos ofertados entre categorías y finalmente el de la promoción interna.

  1. Los números totales

Respecto de los números globales UGT entiende que deben ser mayores, pues la tasa de estabilización de empleo puede calcularse teniendo en cuenta los puestos vacantes y no sólo los puestos vacantes ocupados por interinos, como pretende la Administración. Ello supondría un aumento significativo de puestos, pero asumible.

Otra cuestión que consideramos fundamental y que ya propuso UGT en la negociación del VIII convenio, es que al igual que conseguimos con el concurso de traslados, en los procesos selectivos la incorporación de personal fijo no suponga el cese de personal temporal si existen puestos vacantes.

La Administración rechaza la primera de nuestras demandas, y respecto de la segunda, sin darnos garantías, asegura el Director General de la Función Pública que no es intención de este gobierno despedir a nadie.

  1. Reparto de puestos entre categorías

Respecto del reparto de puestos ofertados entre categorías queremos destacar el hecho de que con tantas categorías que participan en las brigadas de carreteras, ninguna de ellas se plantee ofertar. Proponemos de forma conjunta los cuatro sindicatos que se añadan las siguientes categorías entre las ofertas de 2017 y 2018:

2017

Ayudante de cocina

Cocinero

Operador maquinaria pesada 8 plazas

 

2018

Encargado Agrario Medioambiental

Conductor

Especialista de laboratorio

Oficial de segunda

Peón especialista

Encargado de obras públicas

 

La Administración acepta.

 

  1. Promoción interna

 

La propuesta es sencilla, pedimos que se oferte para aquellas categorías que van a tener oferta de empleo

 

La Administración acepta, quedando definitivamente la oferta de empleo de 2017 como muestra el siguiente cuadro, con el compromiso de que en la oferta de 2018 se incluirán las categorías aquí acordadas.

Así pues, con una oferta que podría estar dotada de más puestos y sin la garantía de que los trabajadores temporales que no obtengan plaza no sean cesados en caso de existir puestos vacantes, no podemos votar a favor, pero teniendo en cuenta que estamos frente a una oferta de empleo, que la Administración acepta nuestra reivindicación de ahuyentar los fantasmas de la privatización del grupo V proponiendo una buena oferta para este colectivo, aceptando igualmente que se convoquen algunas categorías en principio olvidadas, aceptando también la promoción interna, no podemos votar en contra. Así pues, con el voto favorable de CSIF, abstenciones de UGT y CCOO, y voto en contra de STAS, se aprueba esta oferta de empleo.

 

Punto 2º. Propuesta de modificación del acuerdo sobre el acceso a la jubilación parcial del personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha del VIII Convenio Colectivo.

La Administración propone que los contratos de relevo estén vinculados a la permanencia del jubilado parcial en la Administración, de modo que en el momento que este se jubile definitivamente desaparecerá la relación contractual con el relevista. Esta no es una cuestión negociable, es la aplicación de la legislación existente en esta materia y su reflejo en el documento de Acuerdo Sobre el Acceso a la Jubilación Parcial.

Por otro lado, quedan recogidas en el acuerdo aquello que se mejoró en el convenio, es decir, el hecho de que los periodos de descanso y trabajo no estén referenciados al año natural sino a la fecha de jubilación parcial, y que dichos periodos deban ser de seis meses cada uno.

Con el único voto en contra de STAS, se aprueba el Acuerdo de Jubilación Parcial.

 

Punto 3º. Propuesta de modificación del párrafo quinto del artículo 27 del VIII Convenio Colectivo sobre bloqueo de plazas en el concurso de traslados en materia de jubilación parcial.

Esta es la derivada lógica de lo planteado en el primer párrafo del punto segundo del orden del día.

 

 

…seguiremos informando.