Productividad elecciónes catalanas
ELECCIONES AUTONÓMICAS AL PARLAMENTO DE CATALUÑA 14-F
BORRADOR SOBRE PRODUCTIVIDAD Y PAGO DE COMPENSACIONES DE CAMPAÑA
El 14 de enero la empresa convocó dos reuniones sobre la organización del proceso de Elecciones al Parlamento de Cataluña, previsto para el próximo 14 de febrero: una sobre el Borrador de las Instrucciones relativas a la PRODUCTIVIDAD Y EL RENDIMIENTO, y otra para tratar sobre las INSTRUCCIONES PREVENTIVAS aplicables en dicho proceso electoral.
INSTRUCCIONES SOBRE PRODUCTIVIDAD:
PROPUESTA EMPRESA | PROPUESTA CONJUNTA UGT Y CCOO |
La empresa hace una propuesta idéntica a la que IMPUSO el año pasado para los últimos procesos electorales autonómicos:
– Envíos con dirección y tarjetas INE 0,063693 €, sin dirección 0,026225 €. – GRATIFICACIÓN FIJA 117,78 € excluyendo a muchos colectivos. |
Estando en plena tercera ola de la pandemia, pedimos una SUBIDA LINEAL de las cantidades propuestas, ya que estamos ante una situación extraordinaria:
– Envíos con dirección y tarjetas INE 0,10 €, sin dirección 0,05 €. – GRATIFICACIÓN FIJA 175 € para TODOS los colectivos, compatible con el cobro por reparto de envíos electorales y el resto de compensaciones. |
Mantiene la novedosa ocurrencia personal de Serrano de “Recogida de voto a domicilio” por el personal de reparto, pagando un ridículo 0,40 € por objeto entregado y 0,20 € por el avisado. Se obliga al repartidor a ofrecer realizar el voto en el momento de la entrega, y todo esto supondrá un importantísimo incremento de carga de trabajo y responsabilidad.
Aunque la empresa no ha terminado de aclararlo, parece que para cobrar los 40 centimos, además de entregarlo, hay que recoger el voto. |
Las retribuciones y compensaciones deben ser FIJAS, no VARIABLES. Por eso debe pagarse la gratificación fija, no una limosna por cada envío (para cobrar los 117 € que proponen, hay que trabajar unos 300 envíos certificados “extras”o más).
Solo en caso de que se mantuviese este concepto, debe ser como UN EXTRA por el trabajo realizado, incluyendo además a todo el personal de reparto que lo realice (Ordinaria, Rurales, USE y Notificadores). |
GRATIFICACION FIJA: Se descontará a razón de 12,33 €/día de inasistencia entre el 29 de enero al 12 de febrero,que se pierde con cuatro días o más de inasistencia. | Proponemos que se cobre por día trabajado en el período, en proporción a la cantidad total de la Gratificación.
Descuento SOLO por cada día de inasistencia, y solo en caso de que esta sea voluntaria. No acumulación de penalizaciones. |
Se deja intencionadamente abierto y sin regular lo referente a las horas extras, la voluntariedad, los festivos y la contratación prevista. | Exigimos regulación de criterios objetivos (sorteo) para la asignación de HORAS EXTRAS y trabajos extraordinarios, evitando discrecionalidad de las jefaturas.
Cualquier trabajo extra tiene que ser VOLUNTARIO, incluidos los del día de la votación. Debe negociarse en cada provincia la organización y la contratación de refuerzo. |
SOLO PARA PERSONAL DE OFICINAS:
Donde se determine necesario abrir los SABADOS de enero y febrero.
Se haría con parsonal VOLUNTARIO abonándose 6 horas a 7,586394 €/hora (45,52 €), y un día de librado, que deberá disfrutarse “respetando los descansos legales”. |
Este es el OTRO INVENTO de Serrano, que ya aplicó esta Navidad. Se está intentando dinamitar por la vía de la imposición el ACUERDO DE SUPRESIÓN DE SÁBADOS, cambiándolo por un modelo distinto “a la carta” y cobrando cantidades menores.
EXIGIMOS el cumplimiento del ACUERDO, supresión de sábados obligatorios para todos, pago de atrasos y cuando sea necesario abrir, pagar como HORAS EXTRAS si hace falta más personal. |
DÍA 14: La entrega del voto por correo y la recogida del tercer sobre en las mesas electorales se retribuirán con HORAS ADICIONALES EXTRAS.
A los servicios rurales afectados se les abonará el kilometraje realizado conforme a la normativa vigente, incluyendo el coste del combustible y la parte correspondiente al suplido. |
EL 14 DE Febrero es DOMINGO, por lo que todas las horas realizadas deben retriburise como HORAS EXTRAS y además, el PLUS DE FESTIVO, y un día libre para compensar el descanso del domingo.
Como debe respetarse el descanso legal, dicho día debería disfrutarse el LUNES 15 de febrero íntegramente. |