MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA JCCM.

Hoy 23 de Octubre de 2015, estábamos convocados a la Mesa General de Negociación para tratar el borrador del “Acuerdo para la modificación de los derechos y mejora de las condiciones de trabajo de las empleadas y empleados públicos 2015-2019”.

 

En la mesa se han tratado los siguientes temas:

1. Lectura y aprobación del acta de la reunión anterior.

Se da por aprobada el acta tras pequeñas modificaciones.

2. Propuesta del acuerdo remitido

Este documento refleja la  postura que ha manifestado el Gobierno desde el principio, según indica el Director General de Función Pública. Supone un acuerdo marco de compromiso y método de negociación para alcanzar la recuperación de los derechos perdidos en estos 4 años. El único problema o limitación que tienen es el presupuesto ya que falta información sobre los presupuestos de forma que no pueden cerrar fechas exactas al depender de que este se apruebe en el mes de diciembre. 

Este acuerdo, abre la vía de las Mesas Sectoriales para negociar en cada ámbito lo que corresponda. La cuestión económica esta sometida a la incidencia de la prorroga de los presupuestos. La intención es exponer en diciembre la situación presupuestaria a los agentes sindicales para actuar de forma transparente. Tras estos presupuestos se hará una previsión 2016-2019 en el que se establecerá de forma más específica el proceso de recuperación.

El tema de jornada se negociará en la Mesa General. La previsión es que se aplique a partir del 1 de enero de 2016. La intención es recuperar a partir de esta fecha la jornada anterior, 35 horas semanales; 1519 horas anuales en el caso del SESCAM, 1554 horas anuales en el caso del personal laboral…

UGT Manifiesta que es un documento poco concreto que no se ha acompañado de información esencial como una memoria económica, imprescindible para abordar esta negociación. Entendemos que la recuperación total de la paga extraordinaria, los días adicionales por antigüedad y los días de libre disposición se deben recuperar de forma inmediata.

 En cuanto a la jornada de 35 horas solicitamos que se incluya en el documento que se apruebe al personal de la administración local dado que esta mesa es competente en esa materia.

 

En lo relativo a los diferentes ámbitos de negociación, solicitamos que se establezca un ámbito de negociación específico para el personal laboral ya que actualmente no existe. 

Por otro lado, desde UGT consideramos que es inaceptable que la Administración deje la negociación de los Planes de Igualdad y de las materias de Salud Laboral para el segundo semestre del 2016 ya que entendemos que son temas tan prioritarios como el resto. 

El Director General de Función Pública nos explica que la memoria económica no se ha incluido porque los presupuestos se encuentran prorrogados y no disponen de mucha información a la espera de diciembre. Nos recuerda la voluntad negociadora del gobierno y cita la readmisión de los interinos y las interinas despedidas como ejemplo de la intención y el compromiso que tienen. 

En cuanto al tema de los días de libre disposición nos indican que se derivará a las Mesas Sectoriales dada la complejidad y especificad de esta cuestión, ya que debe ser cada Mesa Sectorial (Personal Funcionario y Estatutario del SESCAM), la que lo regule de forma directa, tras las instrucciones acordadas en la Mesa General.

UGT entiende que se deben convocar inmediatamente Mesas Sectoriales y que se deben incorporar fechas concretas para la aplicación de todas las medidas. Se tiene que incorporar en el documento los días adicionales por antigüedad y los de libre disposición. Es necesario iniciar la negociación del Plan Director y poner en marcha el Plan de Igualdad. Se debe incluir el ámbito de negociación del Personal Laboral. No tiene sentido la clausula de paz social. Se deben computar los festivos en la situación de Incapacidad Temporal y los sábados como festivos en el caso del SESCAM, dado que esta modificación también supuso una perdida retributiva. 

Con respecto a la “Ayuda por mínimo” nos cuestionamos su impacto de cara al cálculo de la base de cotización ya que si se computa como una ayuda no incrementa la base lo que provoca que de cara a jubilación o situaciones de incapacidad temporal, cálculo de prestaciones, etc… no se incluya, por lo que parece razonable que este concepto se incluya como retribución complementaria. 

La Administración está dispuesta a incorporar al documento las propuestas que se hagan si se consideran razonables por lo que nos solicita que remitamos propuestas de modificación y de incorporación al texto original que posteriormente incorporarán y nos emplazan para la semana del 2 de Noviembre a una nueva Mesa General con un acuerdo mas concreto.

 

…seguiremos informando.