Se aprobó sin la obligada y necesaria consulta a los Interlocutores Sociales


Para la Unión General de Trabajadores, que ha luchado por ello en las Instituciones, la aprobación del Real Decreto Ley 7/2018 sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud, publicada hoy, una buena noticia para el conjunto de la sociedad y no solo para quienes quedaron excluidos por el Real Decreto Ley 16/2012 del Gobierno del Partido Popular.

El sindicato lamenta, sin embargo, que el Gobierno haya prescindido de la participación y la consulta a los Interlocutores Sociales, bien directamente a través del Diálogo Social, constituyendo una mesa para ello; bien a través del Comité Consultivo del Sistema Nacional de Salud, tal y como establece la normativa, dado que es un marco en el que las Organizaciones Sindicales y Empresariales hubiéramos podido conocer el texto del borrador del Real Decreto Ley y haber hecho nuestras aportaciones al mismo.

Pese a la urgencia, desde el mes de junio hubo tiempo y oportunidad para haber cumplido con la obligación de reunir al Comité Consultivo y a su Comisión Permanente, incluso antes del Consejo Interterritorial y, en su caso, a los Interlocutores Sociales. Por otra parte, y dado el objetivo de la norma, el borrador debería haber sido remitido a la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, órgano de participación de los Interlocutores Sociales en materia de inmigración.

Que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, comience a legislar de espaldas a los Interlocutores Sociales y eluda la obligada consulta, siguiendo la práctica del anterior Gobierno, enturbia esta buena noticia por la falta de diálogo.

En cuanto al texto del Real Decreto Ley, es preciso señalar que, aunque no hemos tenido oportunidad de conocerlo previamente, aportar, dialogar y resolver interrogantes, la Unión General de Trabajadores, apunta las siguientes consideraciones:

► Sobre la lista de espera de trasplantes: establecer requisitos y periodos mínimos para las personas no residentes de manera regular en España, es contrario al principio de que en el Sistema Nacional de Salud y en la Organización Nacional de Trasplantes, deben prevalecer los criterios médicos. Paradójicamente, no parece que se vayan a pedir ni requisitos extraordinarios o diferentes al resto de la ciudadanía, ni periodo mínimo en el caso de que estas personas se puedan ofrecer como donantes vivos o donantes de órganos tras su defunción.

► En el caso de las personas que no tengan residencia legal en territorio español: no solo surge la duda de cómo se acredita la no existencia de un tercero obligado al pago (convenios bilaterales de Seguridad Social o reglamentos de coordinación de la Seguridad Social de la Unión Europea), sino que al dejarse a las Comunidades Autónomas el procedimiento y el documento certificativo, se corre el riesgo de que la universalidad y la equidad no sean tales.

► El establecimiento de un copago del 40% para las personas no residentes regularmente en España, un colectivo caracterizado, en general, por la falta de recursos económicos, cuestiona la posibilidad de perfeccionar el derecho a la asistencia sanitaria.

El sindicato recuerda que el Real Decreto Ley 16/2012 del Gobierno del Partido Popular era norma basada en mentiras que, con el pretexto del ahorro en el gasto, pretendió justificar la exclusión de cientos de miles de personas de un derecho básico, fragmentó la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud y extendió e incrementó los copagos, limitando el acceso a la asistencia sanitaria a las personas con menos recursos.