La compleja identificación de los nuevos riesgos psicosociales de carácter laboral
La evolución de la sociedad en las últimas décadas ha provocado cambios en los sistemas productivos y en las fórmulas de trabajo que han propiciado la aparición de los denominados “riesgos profesionales emergentes”. Junto al control más acentuado de los riesgos de origen traumático, tradicionalmente vinculados al accidente de trabajo, la exposición a riesgos ergonómicos y psicosociales (estos últimos, de carácter no material) aumentan de modo progresivo.
Ofrecemos a continuación una serie de riesgos –y patologías- que tienen su origen en el deficiente clima psicosocial de la empresa:
A// Dentro de los diversos riesgos psicosociales destaca especialmente el acoso laboral. En relación al mismo, se ha de advertir que las conductas de violencia psicológica en el trabajo existen desde que unas personas han realizado actividades laborales para otras, si bien no se ha identificado como fenómeno social típico sino hasta las últimas décadas del pasado siglo XX. Se trata de un fenómeno significativamente antiguo, como pueda ser el propio trabajo o las relaciones humanas, que emerge en la actualidad como consecuencia de los devastadores efectos que se provoca sobre la salud de los trabajadores, así como por los elevados costes sociales y que para las propias empresas representa. Así pues, es la renovada “conciencia social” sobre estas situaciones la que hace que el fenómeno aflore a la luz de la opinión pública, la ciencia y el Derecho.
El acoso y la violencia en el ámbito laboral han sido recogidas por la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo por la que se transmite el Acuerdo Marco europeo sobre el acoso y la violencia en el trabajo [Bruselas, 8.11.2007 COM (2007) 686 final]. En dicho Acuerdo se contempla que se trata de la expresión de comportamientos inaceptables adoptados por una o más personas, y pueden adoptarse de muy diversas formas, de modo que algunas pueden resultar más fácilmente identificables que otras. Se advierte que la exposición de las personas al acoso y a la violencia puede depender del entorno de trabajo, de modo que, se da una situación de acoso “cuando se maltrata a uno o más trabajadores o directivos varias veces y de forma deliberada, se les amenaza o se les humilla en situaciones vinculadas con el trabajo”.
Por otra parte, se habla de violencia “cuando se produce la agresión de uno o más trabajadores o directivos en situaciones vinculadas con el trabajo”. El acoso y la violencia pueden provenir de uno o varios directivos o trabajadores y persiguen perjudicar la dignidad de la víctima, dañar su salud o crearle un entorno laboral hostil.
A la hora de identificar y afrontar el problema de los riesgos psicosociales en el ámbito de la negociación colectiva hay que distinguir la situación de acoso laboral respecto de las figuras afines con las que se puede establecer una cierta similitud. Entre ellas cabe plantear el ejercicio del poder organizativo empresarial de modo arbitrario. En este caso, la finalidad de amenazar o humillar no concurre, siendo el elemento diferenciador más destacable. Aunque no sea constitutiva de acoso, no deja de ser perniciosa por sus efectos en el ambiente laboral de la empresa.
B// En segundo lugar, habría que referir el síndrome del burn out. Este término viene a hacer mención al desgaste profesional que sufren los trabajadores con mayor frecuencia en determinadas actividades laborales como la enseñanza, la sanidad, la policía, los servicios sociales, etc., a consecuencia de unas condiciones de trabajo que vienen vinculadas a una fuerte demanda social. Se trata de un trastorno adaptativo crónico, o cuadro de estrés crónico, que resulta del esfuerzo intenso y sostenido en el tiempo que soporta el trabajador, con una sobre-exigencia y tensión que generan importantes riesgos de contraer enfermedades, pudiendo afectar negativamente el rendimiento y la calidad del servicio profesional (Sánchez Pérez, 2014: 331).
C// En tercer lugar se podría hablar de trastornos psíquicos como puedan ser la esquizofrenia y la depresión psíquica. La problemática que ofrecen las patologías mentales es muy amplia y compleja, pues habrá patologías desencadenadas por la actividad laboral susceptibles de calificarse como derivadas de contingencia profesional, en tanto que, en el extremo opuesto, también se han detectado desde la perspectiva clínica situaciones de pacientes que han denunciado de forma continuada situaciones de acoso en el trabajo –y en ocasiones de forma continuada en distintos trabajos ocupados por el trabajador-, obedeciendo en este caso las mismas a una patología de base obsesiva o asociada a una patología previa de carácter mental.
D// En cuarto lugar, hay que considerar el acoso sexual cuya caracterización merece dentro de los riesgos psicosociales un análisis individualizado y particular. El mismo pretende como objetivo referente la satisfacción de las apetencias sexuales del hostigador.
E// También el estrés laboral se encuentra entre los riesgos laborales que originan patologías de diverso tipo en el trabajador. El estrés laboral es “la reacción que puede tener el individuo ante exigencias y presiones laborales que no se ajustan a sus conocimientos y capacidades, y que ponen a prueba su capacidad para afrontar la situación” (OMS, 2004: 3). El estrés laboral, conforme a la doctrina reciente puede determinar la existencia de una patología de carácter psíquico calificable como contingencia profesional pero claramente diferenciable de las situaciones de acoso laboral, encontrándose ausente el elemento de responsabilidad empresarial característico de éstas.
F//Por último, la violencia física, que no tiene carácter puramente psicosocial, pero que también suele venir acompañada de violencia psíquica y, en todo caso, contribuye a crear un ambiente psicosocialmente nocivo en el trabajo.
A partir de la identificación de los riesgos psicosociales descritos es necesario abordar la forma en que los mismos se han incorporado a la negociación colectiva.
+ Puedes encontrar más información en el estudio sobre la Negociación Colectiva en Prevención de Riesgos Psicosociales en el Trabajo.