El TC anula la Ley que reduce la Jornada Laboral del Personal de la JCCM porque es contraria a la Ley Estatal y fija la Jornada en 37.5 h semanales
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por el Gobierno contra la Ley de Castilla-La Mancha que fija en 35 horas semanales la jornada laboral del personal de la administración autonómica.
El Tribunal declara inconstitucional la norma recurrida porque resulta “incompatible” con la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, con la que, el Estado ha establecido que la duración de la jornada mínima de trabajo de este personal debe ser de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
El Tribunal afirma que la ley estatal “admite una norma autonómica que iguale o amplíe la duración de dichas jornadas laborales y también que señale los criterios de organización y distribución del tiempo de trabajo que finalmente se establezcan. Sin embargo, resulta incompatible con aquella norma estatal una norma autonómica que determine una duración de la jornada de trabajo que sea inferior”.
En consecuencia, el art. 1 de la Ley autonómica 7/2015 es declarado inconstitucional porque, pese a que el Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha competencia para dictarlo, “no resulta ser un ejercicio constitucionalmente legítimo de la misma”. Con esta decisión discrepan dos magistrados que han emitido un voto particular.
Desde UGT nos llama la atención que el Tribunal Constitucional que habitualmente tarde entre 4 y 5 años en dictar sentencia, en esta ocasión ha resuelto en tan solo unos meses a pesar del impacto que tiene sobre todo el Personal Público de una Comunidad Autónoma, sentencia que se emite tras un recurso interpuesto por un Gobierno en funciones que parece estar volcado en auditar todos los procesos de Castilla-La Mancha y evitar la recuperación de todos los derechos perdidos durante el tiempo que gobernó el PP en Castilla-La Mancha, tal y como nos está ocurriendo con la Oferta de Empleo del SESCAM y otras cuestiones.
Seguimos considerando que la jornada de 37,5 horas lesiona los derechos a la conciliación del Personal Empleado Público de Castilla-La Mancha y supone una merma retributiva considerable. Sí bien se ha puesto en cuestión la competencia para establecer una jornada inferior, seguiremos insistiendo en que se pueden encontrar fórmulas válidas para garantizar la conciliación compatibles con la regulación vigente y solicitaremos en las diferentes mesas que se arbitren formulas, tal y como han hecho otras administraciones para la recuperación de la anterior jornada.
Seguiremos informando…