Sentencia Tribunal Supremo. Los trabajadores que decidan acceder a una jubilación parcial, podrán concentrar su jornada reducida en un solo año
ASÍ LO HA AVALADO EL TRIBUNAL SUPREMO EN UNA SEGUNDA SENTENCIA EN ESTE SENTIDO, CON FECHA DEL 29 DE MARZO (La Anterior De 19/01/2015).
Con este pronunciamiento, en unificación de doctrina, el Tribunal Supremo (TS), vuelve a validar y completar la práctica de acumular interanualmente la jornada del trabajador que se jubila parcialmente, aunque conviene ser cautos y analizar cada caso concreto.