UGT alerta de que los accidente in itínere son accidentes laborales
El 60% de los accidentes de tráfico en España se producen en el trayecto de ida y vuelta del trabajo (in itínere), según un estudio de CarCrash.es, que analiza datos publicados por la Dirección General de Tráfico y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT).
El INSHT señala que los españoles sufren el doble de accidentes de tráfico en el trayecto de ida al trabajo (un 64%), que a la vuelta (33%), que se conduce más relajado. El 21% de estos siniestros ocurren en lunes y su número desciende a lo largo de la semana. El horario en el que se producen más accidentes in itínere oscila entre las 7 y las 9 de la mañana y entre las 14 y 15 horas.
FeSP-UGT demanda que los riesgos asociados a los desplazamientos entre nuestra casa y el trabajo también se consideren riesgos laborales, por lo que las empresas deben establecer medidas efectivas para reducir tanto los accidentes durante la jornada de trabajo como los que se producen in itínere.
En este sentido, recordamos que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario o el empleador tiene la obligación de evaluar, informar y formar a sus trabajadores de todos los riesgos laborales y tomar las medidas preventivas para minimizar el riesgo de accidentes.
FeSP-UGT advierte de que las víctimas de este tipo de siniestros sufren un accidente de tráfico y un accidente laboral al mismo tiempo, de manera que cuando reclaman por los daños sufridos en el siniestro, tienen derecho a exigir sendas indemnizaciones.
No obstante, como en cualquier otro accidente de tráfico, sólo tendrán derecho a una indemnización las víctimas que no sean culpables del accidente, o tengan una responsabilidad compartida. Mientras que como accidente laboral, la víctima siempre tendrá derecho a cobrar una indemnización al sufrir lesiones con secuelas, que en caso de invalidarla para el desempeño de su profesión, puede llegar a ser de 24 veces su salario, o incluso una pensión permanente.