1-Bases Convocatorias de la OPE del SESCAM sobre la Oferta de Empleo Público aprobada en 2016.

Tras adjuntarnos los borradores de todas las categorías cuya oferta de plazas está contenida en la Oferta de Empleo Público del SESCAM para 2016, en sus distintos turnos: Libre, Discapacitado y Promoción Interna;
Como consideraciones previas se nos dice que:

-Es la primera vez que se podrá hacer la inscripción para las oposiciones del SESCAM de modo telemático, con un descuento en la tasa del 10% en caso de optar por esta vía tanto para hacer la solicitud, como el pago.
-En la Fase de Oposición.

a) FEAs y Facultativos de Atención Primaria, se hará un primer ejercicio o cuestionario de  preguntas con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta. …Y posteriormente, en el caso de los FEAs, se hará un segundo ejercicio con dos supuestos prácticos. Los supuestos serán leídos ante el Tribunal en sesión pública.
b) Resto de categorías, harán un único ejercicio o cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta.
Las normas que regulan el proceso de oposición son:
-RD-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, donde con rango
reglamentario se establece que para los FEAs y Facultativos de Atención Primaria, los porcentajes de la Oposición y el Concurso serán de 50/50, igualmente se desarrolla el contenido o puntos máximos a otorgar en las distintas Fases del Concurso.
-Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de ClM, donde salvo para FEAs y Facultativos de Atención Primaria, que cuentan con una norma que con carácter
reglamentario determina otros %. Establece que para el resto de categorías los porcentajes de la Oposición y el Concurso serán del 75/25.

Se abre la ronda de intervenciones de las organizaciones sindicales.

  • Se abre un amplio debate sobre el rango de las normas de aplicación en los sistemas de selección y provisión, como es el caso de un Concurso-Oposición y los % a aplicar en las distintas fases. No estando de acuerdo con que se establezcan % distintos en función de la categoría. Entendiendo que el instrumento correcto para establecer los porcentajes es la propia negociación de las bases de las convocatorias.
  • Nos informan que han pedido un informe jurídico al respecto, que pedimos se nos facilite, donde en base a la norma de aplicación y el rango de las mismas, se establecen los porcentajes, antes mencionados. En 2009 todos fueron a un 50/50 porque no estaba en vigor la Ley de Empleo Público de CLM. Por tanto hay una reserva de Ley que no se puede contravenir.
  • Les pedimos en ausencia material de tiempo para hacer un modificación de la Ley de empleo público, elaborar y aprobar a la mayor brevedad posible una Norma propia que regule provisión, y más concretamente los % a aplicar en las fases de OPE y Concursos de Personal Estatutario.
  • Respecto al acceso de los discapacitados se cuestiona que sea el centro base el que tenga que acreditar la compatibilidad de la discapacidad con las funciones a desempeñar en las categorías a las que se quiere acceder, ya que en muchos casos existe un gran  desconocimiento sobre dichas funciones.
  • Respecto al corte de 5 por plaza, se plantea que se incremente algo, sobre todo en categorías donde se ofrecen pocas plazas, p ej. en categorías donde se ofrecen 5 plazas, solo pasan el corte 25 aspirantes.
  • Se pide que se valore la idoneidad de establecer en la convocatoria un plazo máximo de celebración p ej. del primer o único ejercicio del proceso selectivo.
  • Igualmente se habla del trasvase de plazas entre los turnos libre y de discapacidad, siempre sobre plazas que hayan quedado vacantes. Por ej. que las plazas del turno de discapacidad que hayan quedado vacantes, se acumulen al turno libre. O viceversa, que las plazas que hayan quedado vacantes en el turno libre, puedan pasar al turno de discapacidad, en caso de haber profesionales que habiendo pasado el corte, y accedido a la fase de concurso, se hayan quedado sin plaza, por ausencia de las inicialmente afectadas.
  • Respecto a que en FEAs y Facultativos de Primaria, no exista el corte de 5 por plaza convocada, pudiendo superar la fase de oposición un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, siempre que se haya obtenido al menos un 50% de la nota máxima contemplada, o sea habiendo aprobado con un 5, se nos dice que es así por un criterio de oportunidad.
  • Respecto a las horas de formación continuada máximas a baremar en la fase de concurso para obtener la puntuación máxima, p ej. en el caso de enfermeros para
    obtener los 5 puntos máximos, sería suficiente con acreditar 500 horas de cursos. Todos consideramos que deben baremarse más horas de cursos, para obtener esa misma puntuación.

Por parte de los responsables del SESCAM se nos dice que:
-Los % de las fases de Oposición y Concurso en las categorías se establecen así por la regulación jurídica vigente, que claramente establece que en ausencia de regulación específica, se aplica la Ley Gral, en nuestro caso la Ley de Empleo Público de CLM.

Respecto al desarrollo de la Oposición el EBEP en su artículo Artículo 70. Oferta de empleo público, establece que: “En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años”.

Por lo que la fecha de examen dependerá del número de solicitudes en cada una de las  categorías, pero quieren que desde la publicación de las convocatorias en el DOCM los exámenes se celebren en un plazo aproximado de 6 meses, todo ello dependiendo de cuestiones logísticas, como la reserva de aulas… quieren igualmente coordinarse con otros Servicios de Salud como Andalucía o Madrid, respecto a las fechas de exámenes.

Valoraran mínimamente el corte, pero siempre aplicando el mismo, a todas aquellas categorías que lo tienen. Hay que tener en cuenta que la baremación de los méritos la realizan los Tribunales. Se establece un corte por cuestiones prácticas del propio proceso.

Respecto al turno de discapacidad, se realiza en una convocatoria independiente, por ello según ellos no es posible la permeabilidad con el turno libre. En los discapacitados debe tenerse el mismo tipo de prueba y temario, el nivel de exigencia es el mismo, tan solo deben manifestar si necesitan alguna adaptación.

Como todo, a cada aspirante, de modo particular, le interesaría que el proceso selectivo se desarrollara de acuerdo a sus intereses. Pero la norma vigente y los principios de igualdad, mérito y capacidad han de respetarse en todos los casos.
2-Decreto de creación de la categoría de enfermero especialista en el SESCAM.

Somos de los pocos Servicios de Salud que aún no tenemos creada la categoría de enfermero especialista, se ha optado por un modelo genérico al igual que ha hecho
Galicia, Andalucía o La Rioja.

Siempre el acceso a plaza en propiedad se hará participando en un proceso selectivo o de forma temporal, mediante Promoción Interna.

El Consejo Consultivo de CLM ha emitido un Informe que impide hacer integración directa. Pendiente de que se nos aporte.

Se abre la ronda de intervenciones de las organizaciones sindicales.

Antes del proceso de crear la categoría, necesitaríamos tener un estudio de necesidades de plantilla de esta nueva categoría en sus distintas Especialidades: Salud Mental, Trabajo, Pediátrica, Geriátrica…y si se haría por nueva creación, reconversión previa
amortización de las plazas básicas de Enfermero…
Consideran que esta información no debe aparecer como tal en el Decreto, pero la aportaran para futuras Mesas.

Tienen más trabajado las necesidades respecto a Salud Mental y Trabajo.

Tienen claro que en lo primero sería abrir un plazo extraordinario en Bolsa, para que aquellos profesionales que tengan la titulación, incluyendo a los enfermeros propietarios del SESCAM, se inscriban al crearse esta nueva categoría en Bolsa.

Una vez creada la categoría, en la primera Oferta de Empleo Público en la que se incluyeran estas plazas, se sacarían a oposición la totalidad de plazas que se consideran
necesarias de forma simultánea, solo al turno de Promoción Interna y por Concurso.

Les decimos que no todas las especialidades se encuentran en el mismo punto de desarrollo, p ej. Enfermería Familiar y Comunitaria no ha tenido opción a la vía
excepcional y en el caso de la Médico Quirúrgica, aun está pendiente de desarrollo. Esto también habría que tenerlo en cuenta. Y la codificación e impacto posible no es igual en Primaria, que en Especializada.

Hay fijos con especialidad, fijos sin especialidad y eventuales con especialidad.

No vemos nada claro la convivencia en bolsa de los denominados puestos específicos en la Bolsa General, una vez se haya creado la categoría de especialista en Bolsa.
Habría por tanto que adaptar todos los pactos vigentes: Bolsa, Movilidad, Promoción Interna, junto a las modificaciones normativas pertinentes.

El desarrollo de las funciones también habría que abordarlo en profundidad, ya que es  posible la convivencia de fijos con especialidad, fijos sin especialidad y eventuales con especialidad. Con diferencias retributivas.

Respecto a las retribuciones a percibir en esta nueva categoría de enfermero especialista, les decimos que es inadmisible que la diferencia sea de 45 euros/mes, que es lo que p ej. Ahora cobra de más una matrona. Hay que retribuir adecuadamente el esfuerzo y la responsabilidad de tener una Especialidad, en este caso de Enfermería.

Respecto a Carrera Profesional, hay que establecer si los grados reconocidos como  Enfermero, desempeñando las funciones de…van a ser tenidos en cuenta en las
nuevas categorías, en similitud al Decreto de creación de Informáticos.

Hay que ver la afectación en el cómputo de servicios prestados, misma o distinta categoría.

Y la afectación sobre jornada y turnos, no puede ponerse tan en abstracto, nada tiene  que ver la organización de la Primaria con la Especializada.
Por parte de los responsables del SESCAM se nos dice que:

Consideran que la vía del Decreto es la fórmula idónea para la creación de la categoría, se remiten a la anulación de determinadas categorías en la Orden de Plantilla por no haber hecho correctamente el proceso.

No ven factible la mejora retributiva, más allá de la actual retribución de las Matronas.

Nos remitirán la información solicitada: estudio de necesidades, proceso de reconversión  y/o creación de nuevas plazas de la nueva categoría e informe del proceso consultivo.

Ruegos y Preguntas:

Temas a tratar en próximas Mesas:

-Pacto de Movilidad en Primaria/GUETS/ Gerencia de Coordinación e Inspección
-Concurso de Traslados.
-Bolsa SESCAM-Aplicación Selecta
-Documento de Mejora PEAC.
-Se pide Plantilla orgánica actualizada, la última publicada es de Mayo de 2015.
-Se pide que todos los Correos Electrónicos enviados desde Servicios Centrales que afecten a instrucciones de jornada, interpretaciones de baremación de Bolsa,….se envíen de forma simultánea a las organizaciones sindicales.

Por parte de los responsables del SESCAM se nos dice que:

Respecto a Bolsa nos emplazan a una Comisión de Seguimiento que se celebrara la semana que viene, para tratar de forma monográfica todo lo relacionado con Bolsa.

Por parte de los responsables del SESCAM se nos dice que:

Respecto a Bolsa nos emplazan a una Comisión de Seguimiento que se celebrara la semana que viene, para tratar de forma monográfica todo lo relacionado con Bolsa.

Están agilizando la Resolución de los Recursos sobre los listados definitivos de 2014 y depurando los listados definitivos al tener en cuenta sanciones, exclusiones voluntarias,…

Quieren publicar los provisionales de la Convocatoria 2015 en Junio, para una vez concluido lo concerniente a esta convocatoria, publicar 2016.

Respecto al Concurso de Traslados externo se hará previo a la Oferta de plazas de la OPE.

En la OPE solo se ofertaran plazas de Especializada, salvo en Médico de Familia y Médico Pediatra de Atención Primaria.

En 2017 quieren tener, la aplicación informática para hacer las solicitudes de este  Concurso de Traslados, con volcado automático de los Servicios Prestados en SESCAM, la oferta de plazas vacantes y la propia convocatoria.

En próxima Mesa Técnica, que tienen intención de celebrar en Mayo-Junio, además de seguir con los dos temas tratados hoy, quieren traer de forma conjunta el Pacto de Movilidad en Primaria y el Documento de Mejora en los PEAC, respecto a este último, las conclusiones de los grupos de trabajo, ya han sido vistas por la asesoría jurídica del SESCAM, y lo van trasladar a las organizaciones sindicales, para que hagamos las propuestas que consideremos oportunos.

Teniendo en cuenta que tras haberse anulado como categoría, hay que englobarlos en una de las categorías actualmente existentes, ya que ahora mismo son meros puestos de trabajo.